A partir de este sábado, 23 de enero de 2021, comienza a regir el nuevo reglamento para el uso del casco para motociclistas en Colombia
El reglamento establecido por el Ministerio de Transporte sobre el uso del casco para motociclistas en todo el territorio colombiano empezará a regir desde este sábado, 23 de enero de 2021.
En la Resolución 23385 del 20 noviembre de 2020, la entidad nacional establece las condiciones mínimas del uso de este elemento protector para los conductores, acompañantes de motocicletas, motociclos, mototriciclos y cuatrimotos. La nueva resolución busca reducir las muertes y lesiones por accidente de los usuarios de motocicletas.
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Estas son las 3 condiciones que la normatividad indica para el uso de los cascos:
- La cabeza del conductor y acompañante tiene que estar totalmente inmersa en el casco y el sistema de retención debe estar asegurado por debajo de la mandíbula inferior, sin correas rotas, ni broches partidos e incompletos.
- No se podrán llevar dispositivos móviles de comunicación o teléfonos que se interpongan entre la cabeza y el casco excepto si estos son utilizados con accesorios o equipos auxiliares que permitan tener las manos libres.
- Finalmente, en el caso de cascos con cubierta facial inferior movible, ésta siempre deberá estar fija en la parte inferior del rostro y asegurada durante el tránsito, de tal manera que ofrezca protección a la cara del motociclista (conductor o acompañante).
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Recuerde que podrá ser sancionado si no cumple con las condiciones mínimas de uso del casco establecidas por el Ministerio de Transporte.
Ten en cuenta que a partir de este sábado 23 de enero de 2021 podrías ser sancionado si no cumples con las condiciones mínimas de uso del casco, establecidas por @MinTransporteCo en la Resolución 23385 del 20 noviembre de 2020.
¡Recuerda cumplir con las normas de tránsito! pic.twitter.com/l719hQ5sqD
— Movilidad Bogotá (@SectorMovilidad) January 20, 2021
La resolución indica que se impartirán sanciones económicas a las personas que incumplan las nuevas reglas y se aplicarán las que ya se encuentran definidas por la ley. Es decir, la multa será de $460.845, lo equivalente a 15 salarios mínimos diarios legales mensuales vigentes, según el artículo 131 de la Ley 769 de 2002.
La resolución también señala que la no utilización del casco cuando corresponda dará lugar a la inmovilización del vehículo.