El ente de control pide que se garanticen los derechos humanos de los habitantes y se verifique que no haya ninguna irregularidad
Las autoridades del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina deben hacer seguimiento a los procesos de contratación, recuperación y reconstrucción de la isla, tras la declaratoria de desastre por el paso del Huracán Iota.
Un joven muerto y 15 heridos tras explosión en el Tolima
La orden fue dada por el procurador General de la Nación, Fernando Carrillo, quien recordó que se deben «cumplir con todas las normativas generales, especiales o reglamentarias, expedidas o implementadas con ocasión de la declaratoria de situación de desastre y la ejecución del Plan de Acción Específico elaborado por la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres».
El funcionario recordó que se debe mantener la transparencia en la contratación estatal y en toda actividad tendiente a las adquisiciones de bienes, obras y servicios requeridos para recuperar el Archipiélago.
MinHacienda dice que aumento del mínimo debe ser de $17.556
De otro lado, las autoridades del Archipiélago están obligadas a determinar el monto total de los recursos públicos tanto nacionales como internacionales que se han invertido en el proceso de apoyo a las familias de la zona y su reconstrucción tras la devastadora tragedia.
Estamos acá como representantes del interés público y de la sociedad. No somos gobierno, pero podemos ser una voz de la comunidad raizal y ese es el propósito de la Directiva 036 que exhorta a las autoridades a cumplir con la normatividad que expidió el gobierno: @fcarrilloflorez https://t.co/mdXpA9VEs0 pic.twitter.com/CyPMvL1CX0
— Procuraduría 🇨🇴 | #ConLosPiesEnLosTerritorios (@PGN_COL) December 17, 2020
Particulares si podrán viajar por La Línea en Navidad y Año Nuevo
Las posibles faltas que pide estudiar la Procuraduría
- Contratación que no resulte necesaria
- Material publicitario dirigido a una población con acceso a televisión o internet, que cuenta con información suficiente
- Entrega de bienes para actividades diferentes a la atención de la situación de desastre
- Falta de idoneidad del contratista, por no tener capacidad financiera o experiencia
- Contratos para la compra de bienes o servicios con sobreprecios