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¡Que no lo sorprenda las multas! Así debe registrar a su mascota este 2022

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Los dueños que no realicen este proceso pueden tener multas de hasta $1.066.667

La Alcaldía de Bogotá informó recientemente a toda la ciudadanía, como debe realizar el registro de las mascotas que son consideradas como «agresivas», teniendo en cuenta si son de acompañamiento especial, si han agredido a una persona o a otro animal.

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Según la entidad, quienes no cumplan con el registro podrán enfrentar multas de hasta $1.066.667, además de que las autoridades de policía delegadas procederán al decomiso del ejemplar y registrarán este incidente en el respectivo registro del animal.

Los perros de compañía deben realizar un registro especial, el cual tendrá vigencia de un año y es expedido en un plazo máximo de cinco días hábiles después de la solicitud, sino se realiza podría recibir multas.

¿Qué razas deben ser registradas?

Las razas que deben ser registradas son las siguientes:

  • American staffordshire terrier.
  • Bullmastiff.
  • Dóberman.
  • Dogo argentino.
  • Dogo de burdeos.
  • Fila brasileiro.
  • Mastín napolitano.
  • Bull terrier.
  • Pit bull terrier.
  • American pit bull terrier.
  • De presa canario.
  • Rottweiler.
  • Staffordshire terrier.
  • Tosa japonés. 

¿Cómo hacer el registro? 

  • Los interesados en cumplir con el requisito podrán hacerlo a través del portal web www.gobiernobogota.gov.co, en donde podrán consultar los documentos requeridos para registrar formalmente a su animal de compañía.
  • Una vez se hayan verificados los requisitos, el dueño del perro deberá presentar una carta ante la Alcaldía local solicitando el registro del animal. En este punto, tendrá que especificar el nombre de su mascota, lugar de residencia y características físicas específicas que permitan su identificación.
  • Sumado a la carta, el interesado deberá adjuntar el carné de vacunación del animal, certificado de sanidad vigente expedido por la Secretaría Distrital de Salud y fotografías de éste para su identificación ante las autoridades.
  • Finalmente, vale la pena señalar que existe una  póliza de Responsabilidad Civil Extracontractual -no obligatoria- que puede adquirirse para cubrir la indemnización de los daños que dichos animales puedan ocasionar a personas, bienes, o demás animales.

 

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