En dado caso de que lo nieguen, los dueños se exponen a multas o sanciones
El Distrito recordó a los establecimientos públicos que están obligados a prestar el baño a clientes y no clientes, especialmente a mujeres embarazadas, niños y adultos mayores, según lo indica Código Nacional de Seguridad y Convivencia.
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«El incumplimiento de esta norma podría acarrear una medida correctiva de 121 mil pesos o la suspensión temporal de la actividad económica, dependiendo si es reincidente», explicó la Secretaría de Gobierno de Bogotá.
De acuerdo con lo informado, a los ciudadanos que les sea negado este servicio, pueden acercarse al CAI más cercano y comentar el caso a los policías, quienes se encargarán de hacer cumplir la norma.
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«Más allá de las multas o sanciones, debemos entender que prestar el baño es un acto de empatía y solidaridad con los que lo necesitan. Estaremos en las localidades haciendo pedagogía frente al tema» indicó, Luis Ernesto Gómez, secretario de Gobierno.
Campaña del Distrito
Todos hemos tenido una urgencia de entrar al baño al salir de casa.
El Código de Convivencia ordena a establecimientos de comercio a prestarlo, en especial a mujeres embarazadas, niños y adultos mayores.#PrestaElBaño más allá de una multa es un acto de empatía y solidaridad. pic.twitter.com/E2JH9p0uZJ
— Luis Ernesto Gómez???? (@LuisErnestoGL) July 22, 2021
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