La víctima fue reconocida como persona protegida a la luz del Derecho Internacional Humanitario

La Procuraduría citó a audiencia de juzgamiento disciplinario a siete soldados del Batallón de Artillería No. 8 ‘Batalla de San Mateo’ de la Octava Brigada del Ejército Nacional, acusados de presunto acceso carnal violento y secuestro en contra de una menor de 12 años de la comunidad indígena Embera Chamí, en zona rural del municipio de Pueblo Rico, Risaralda.

CIDH pidió al Estado investigar abuso sexual contra menores indígenas sin dilatación

Los citados son los soldados regulares Juan Camilo Morales Poveda, Yair Stiven González, José Luis Holguín Pérez, Juan David Guaidía Ruiz, Oscar Eduardo Gil Alzate, Deyson Andrés Isaza Zapata, y Luis Fernando Mangaret Hernández, por supuesto acceso carnal violento en persona protegida.

Frente al caso del soldado Fernando Mangaret Hernández, la Procuraduría advirtió que, aunque no ejecutó actos de violación sexual contra la niña, al parecer contribuyó a la realización de estas conductas cuando tenía el deber constitucional y legal de defenderla de cualquier agresión, por ser sujeto de especial protección.

ONG: 240 casos de abuso sexual protagonizan integrantes de la Fuerza Pública

¿Cargos que se discutirán en la audiencia?

El órgano de control explicó que con la supuesta conducta de los soldados citados a audiencia se habrían vulnerado los principios de la función administrativa, particularmente la buena fe, moralidad, responsabilidad y transparencia, y afectado el deber funcional que está atribuido a la Fuerza Pública.

Por lo cual, se dio lugar a la desvinculación del Ejército Nacional, no solamente de ellos sino de superiores suyos, en un momento en que por razón de la emergencia decretada por la pandemia del Covid-19, se requiere más integrantes en las fuerzas militares.

En un segundo cargo, la Procuraduría cuestionó a los militares que deben ir a audiencia porque, al parecer, retuvieron contra su voluntad a la menor de edad perteneciente a la comunidad indígena Embera Chamí entre las 8:00 de la noche del 21 de junio y las 5:00 de la mañana del día siguiente, con lo cual pretendieron ocultar a la niña de los familiares en un ‘cambuche’, hecho que a juicio del órgano de control se podría constituir en secuestro simple agravado.