Se expidió esta resolución con el fin de inspeccionar la seguridad de los vehículos.
A través de la resolución 6589 de 2019 el Ministerio de Transporte informó que los vehículos como mototriciclo, cuatrimoto, ciclomotor, tricimoto y cuadriciclo de combustión interna, eléctricos o de cualquier otro tipo de generación de energía, están obligados a realizarse la revisión técnico-mecánica.
Cabe resaltar que la revisión inicial se llevará a cabo cumplidos dos años a partir de la fecha de matrícula y, posteriormente, debe realizarse de forma anual.
Según el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), el 56 % de los vehículos en Colombia no cuentan con revisión técnico mecánica y el 46 % circulan por la carretera sin el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT).