El recurso fue presentado ante el alto Tribunal por el abogado Alirio Uribe Muñoz, miembro del Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo

 

El desacato por el presunto incumplimiento al fallo sobre la protesta social en contra del ministro de la Defensa, Carlos Holmes Trujillo, fue enviado desde la Corte Suprema de Justicia al Tribunal Superior de Bogotá para ser revisado y dictar sentencia.

Desacato en cuestión

El recurso fue presentado ante la Corte por el abogado Alirio Uribe Muñoz, miembro del Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo, una de las organizaciones ganadoras sobre la polémica tutela a favor de las marchas en el país.

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Este alto Tribunal, al revisar el desacato, consideró que no era competente aun para conocerlo, dado a que es juez de segunda instancia.

Así las cosas, le correspondería a los magistrados del Tribunal Superior de Bogotá ahondar en el asunto y darle trámite a la petición de desacato contra el ministro Holmes Trujillo.

“Alirio Uribe Muñoz formuló incidente de desacato por posible incumplimiento de la tutela del Esmad ante la sala de casación civil, pero la Corte Suprema no tiene competencia para conocerlo, por ser el juez de segunda instancia. Por eso lo está remitiendo a la Sala civil del Tribunal Superior de Bogotá, juez de primera instancia de esta tutela”, informaron desde la Corte Suprema.

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¿Ausencia de voluntad política?

El Colectivo de Abogados ha cuestionado en varias oportunidades las respuestas del Gobierno Nacional y puntualmente del Ministro de Defensa sobre el fallo de la Sala Civil de la Corte por las marchas

El presidente de ese grupo de abogado, Reinaldo Villalba, ha calificado esas respuestas como una posible «ausencia de voluntad política en torno a tomar medidas eficaces para la protección de los derechos humanos».

La posición del Ejecutivo Nacional frente a la sentencia la dio a conocer el Ministro de Defensa, quien dijo que “la Fuerza Pública, en particular el Esmad, no incurren en excesos”.

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«No hay excesos de la Policía ni del Esmad»

Diferente a lo que consideró la Corte en su sentencia, cuando señaló que el Esmad “no es capaz de garantizar el orden sin violar las libertades y los derechos de los ciudadanos a disentir, pues tampoco hace un uso adecuado de las armas de dotación asignadas”.

La Corte también dijo en esa sentencia que se ha venido presentando “una problemática nacional de intervención sistemática, violenta, arbitraria y desproporcionada de la fuerza pública en las manifestaciones ciudadanas”.