La entidad judicial afirmó que las acciones decretadas en el marco de la emergencia, son constitucionales

La Corte Constitucional emitió un comunicado en el cual indica que el nuevo día sin IVA programado para el último bimestre del año y los demás alivios tributarios decretados por el Gobierno Nacional en el marco de la emergencia sanitaria son constitucionales e inciden en la reactivación económica del país.

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Con ponencia de la magistrada Diana Fajardo Rivera, la Corte declaró que el Decreto Legislativo 682 es compatible con la Constitución, en relación con las tres medidas tributarias establecidas:

  • La exención del IVA para un conjunto de bienes determinados, en tres fechas específicas del año en curso, así que da el aval para el nuevo día sin IVA, próximo a realizarse.
  • La reducción a 0, de las tarifas del impuesto nacional al consumo en el expendio de comidas y bebidas, durante el resto de la presente anualidad.
  • La exclusión del IVA a los cánones de arrendamiento de locales comerciales hasta el 31 de julio de 2020.

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La Corte consideró que el nuevo día sin IVA y la reducción de tarifas de impuesto «fueron instituidas con la finalidad de incentivar el consumo, objetivo materialmente conectado con las acciones destinadas a impulsar la reactivación del comercio, como uno de los sectores más impactados por la crisis económica».

En sentido similar, se afirmó que la tercera medida tiene el propósito de aliviar los impactos derivados de la caída sistemática de las ventas, que se reflejan en afectaciones como la imposibilidad de asumir altos costos de arrendamiento y en la obligación de clausurar los establecimientos de comercio, por ello, son válidas.

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Nuevo día sin IVA y otras medidas respaldadas por la Corte