Se trata de la misma arma que accionó el entonces capitán Manuel Cubillos contra Dilan Cruz causándole la muerte

La Corte Suprema de Justicia ordenó suspender el uso de escopetas calibre 12 por parte del Escuadrón Móvil Antidisturbios (Esmad), además de otras medidas con el fin de garantizar el derecho a la protesta pacífica.

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Siendo así, el Presidente de la República y demás autoridades encargadas del manejo de las movilizaciones sociales tienen nuevas directrices bajo la premisa de que se ha presentado una «intervención sistemática, violenta, arbitraria y desproporcionada de la fuerza pública en las manifestaciones ciudadanas», según la Sala de Casación Civil.

La orden respecto a este punto dice que se ordena a «los Escuadrones Móviles Antidisturbios de la Policía Nacional (Esmad) y a cualquier institución que efectúe ‘actividades de Policía’ que, dentro de las 48 horas siguientes a la notificación de este fallo, suspenda el uso de las escopetas calibre 12, hasta previa verificación exhaustiva, constate la existencia de garantías para la reutilización responsable y mesurada de dicho instrumento».

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Además de la suspensión del uso de la escopeta se plantearon otras medidas:

Una de las acciones que deben realizar las autoridades es la conformación de una mesa de trabajo para reestructurar las directrices del uso de la fuerza y la presentación de disculpas del Ministro de Defensa por los excesos registrados desde la movilización del 21 de noviembre de 2019.

Frente al uso de las escopetas, la Corte aseveró que se han evidenciado falencias «para usar, de forma racional y moderada, las armas de la República, al punto que generan un temor fundado para quienes desean manifestarse pacíficamente».

Asimismo, pidió al Congreso que se emita una Ley Estatutaria que regule los alcances y limitaciones del derecho a la protesta pacífica.

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