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Ponen un alto a contratos de prestación de servicios

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Le contamos lo que dice el Gobierno Nacional frente a este discutido tema

 

Los contratos por prestación de servicios continúan siendo uno de los temas más sonados en el Gobierno de Gustavo Petro, por lo que el Departamento Administrativo de la Función Pública y la Escuela Superior de Administración Pública (ESAP) anunciaron lineamientos del Plan de Formalización del Empleo Público en Equidad.

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En dicho documento se le ordena a las entidades de la Rama Ejecutiva, limitar este tipo de contratación, con esto se impulsa la formalización del empleo. Además, se indica que la figura de contrato por prestación de servicios, solamente se usará en casos estrictamente necesarios.

«La contratación directa a través del contrato de prestación de servicios y de apoyo a la gestión deberá tener un término de duración de cuatro meses, plazo este durante el cual los órganos, organismos y entidades de la rama ejecutiva del orden nacional y territorial deberán elaborar los estudios técnicos requeridos y establecer la planta temporal de personal necesaria y suficiente que supla las necesidades misionales y administrativas que se requieran», explica el documento.

 


El presidente Gustavo Petro se refirió, hace algunas semanas, a los contratos por prestación de servicios, en medio de su participación en el Foro Iberoamericano: retos de la formalizaron laboral, donde  los calificó como una forma de ‘explotación’.

«En el mundo formal creemos que el contrato de prestación de servicios no laboral, que encubre una relación laboral de manera mentirosa, solo para sobre explotar al y a la trabajadora, debe pasar a la historia y que debemos volver a las relaciones laborales pactadas», declaró.

A su vez, la ministra de Trabajo, Gloria Ramírez, indicó que este tema se incluirá en la reforma laboral, con el fin de avanzar con la formalización laboral.


Las entidades públicas fueron frenadas para evitar que los empleados sigan sin recibir sus prestaciones sociales

El Consejo de Estado estableció reglas en la relación laboral que existe entre las entidades públicas y las personas que tienen contratos por prestación de servicios, con el fin de evitar que se vulneren sus derechos como trabajadores.

Hace un año se dictaron nuevos lineamientos, en los cuales se especifica que se «establece un periodo de 30 días hábiles, entre la finalización de un contrato y la ejecución del siguiente, como término de la no solución de continuidad, el cual, en los casos que se exceda, podrá flexibilizarse en atención a las especiales circunstancias que el juez encuentre probadas dentro del expediente».

Es por ello que se consideró que si existe una prestación personal del servicio, la subordinación y el pago de un salario periódico, hay una relación laboral que no puede estar contemplada en un contrato de prestación de servicios.

Finalmente, se aclara que «frente a la no afiliación al sistema de la Seguridad Social en salud, por parte de la administración, es improcedente la devolución de los valores que el contratista hubiese asumido de más, en tanto se recaudaron como recursos de naturaleza parafiscal».

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