El anuncio fue hecho por el jefe de fiscales delegados ante la Corte Suprema, Gabriel Jaimes Durán, quien el pasado jueves asumió formalmente la investigación en contra del exmandatario

 

La Fiscalía General de la Nación negó la solicitud de libertad presentada por la defensa del expresidente y exsenador de Álvaro Uribe Vélez, tras considerar que la medida emitida por la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia continúa junto a la investigación que se le adelanta por presunta manipulación de testigos.

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El anuncio fue hecho por el jefe de fiscales delegados ante la Corte Suprema, Gabriel Jaimes Durán, quien el pasado jueves asumió formalmente la investigación en contra del exmandatario.

Jaimes no acogió los argumentos de la defensa de Uribe, encabezada por el abogado penalista Jaime Granados, quien señaló que debido al traslado del proceso de la Corte Suprema a la Fiscalía la medida de aseguramiento queda sin vigencia.

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En la revisión del proceso, el fiscal Jaimes Durán determinó que el proceso contra Uribe «debe seguirse exclusivamente dentro de los parámetros de la Ley 906 de 2004, Sistema Penal Acusatorio, porque hace referencia a hechos que habrían ocurrido entre 2017 y 2018».

De esta forma, se rechazaron los argumentos presentados por la defensa del exsenador quien consideraba que el caso debía ser analizado bajo la Ley 600 cuando se hizo el trámite de la Corte a la Fiscalía General.

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«La complejidad de al investigación y la dispendiosa documentación del expediente, exigirá que en los primeros días se haga un estudio del caso para definir un método de tránsito entre los dos sistemas procesales», precisó la Fiscalía General en un comunicado de prensa.

Para el fiscal del caso, las peticiones de libertad como las esgrimió la defensa de Uribe solamente se pueden hacer en las audiencia preliminares ante el respectivo juez de control de garantías como lo establece la ley 906 de 2004 que diseñó el sistema penal acusatorio en el país.

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El exmandatario se encuentra con detención domiciliaria desde el 4 de agosto pasado por orden de la Sala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia que determinó que podía obstruir a la justicia dentro del proceso penal que se le adelanta por su presunta responsabilidad en los delitos de fraude procesal y soborno en actuación penal.