Las comunidades deben ser consultadas para retomar aspersiones áreas sobre cultivos de uso ilícito

El Tribunal Administrativo de Nariño ordenó que el Gobierno Nacional debe consultar a comunidades indígenas y afrodescendientes para retomar aspersiones aéreas con glifosato, para garantizar el derecho a la consulta previa y al multiculturalismo.

El Gobierno vuelve y ratifica la “necesidad” de la aspersión aérea con glifosato

El fallo acoge una impugnación de la Comisión Nacional de Territorios Indígenas (CNTI), en conjunto con el Consejo Regional Indígena del Cauca (CRIC), la Asociación de Cabildos Indígenas del Municipio de Villagarzón (Putumayo) –ACIMVIP- y otras organizaciones sociales, y amplía la decisión proferida por el juez segundo administrativo de Pasto, en la sentencia de primera instancia.

Según la abogada Jennifer Mojica, coordinadora del equipo jurídico de la CNTI, el fallo le recuerda una vez más al Gobierno que «debe garantizar el derecho a la consulta previa y a la participación ambiental de las comunidades directamente afectadas por las fumigaciones aéreas».

¿Cómo funciona la consulta a comunidades para uso del glifosato?

Según CNTI, «la consulta previa sí es vinculante por las graves afectaciones a la salud y al medio ambiente en los territorios de las comunidades indígenas, rurales y étnicas, ya probadas en el pasado», explica la jurista Jhenifer Mojica.

Además de reconocer que la consulta previa e informada aplica en los territorios ancestrales, el tribunal de Nariño ratifica el derecho a la participación ciudadana de las comunidades rurales y campesinas.

Para la abogada esto significa que el Estado debe garantizar que «todos los posibles afectados por las aspersiones aéreas con glifosato puedan ejercer su derecho de intervención, manifestar las afectaciones que pueden sufrir y buscar las medidas que prevengan sus daños en su salud, en la vida y en las fuentes hídricas».