La jornada laboral podrá distribuirse en 4 días de la semana, lo cual debe ser concertado entre empleados y jefes

Para prevenir la circulación masiva de personas en medios de transporte y la aglomeración en espacios de trabajo, en el decreto se habla de la reorganización de los turnos de trabajo. Además se aclara cómo se harán los pagos en caso de trabajar horas extras o días feriados.

Esta se daría por la concertación entre empleadores y trabajadores, así que el Gobierno pide que se organicen «en turnos de trabajo sucesivos que no excedan las 8 horas al día y máximo 36 horas a la semana, cumpliendo con todos los protocolos de bioseguridad».

Oficial: Pago de prima se podrá aplazar hasta diciembre

También se avaló que, durante la vigencia de la emergencia sanitaria por la pandemia, la jornada laboral pueda distribuirse en 4 días de la semana con una jornada de trabajo diario de máximo 12 horas.

Lo cual, según el decreto, les permitiría «mayores días de descanso a los trabajadores y sin tener que hacer modificaciones del reglamento interno del trabajo», sin embargo, se aclaró que esta medida también debe ser de mutuo acuerdo.

Imagen

Pago en horas extras, domingos y festivos

El decreto indica que para los casos en los que las jornadas abarquen horarios nocturnos o festivos, deberán aplicarse los recargos correspondientes, cuyos pagos también deberán ser acordados entre las partes, y que son los empleadores los encargados de garantizar el cumplimiento de las medidas de seguridad y salud en el trabajo de todos sus trabajadores.

Gobierno explica todas las medidas para empresarios y trabajadores: