Ahora, se deben tomar medidas de protección, conservación y restauración de la laguna

El Juzgado Primero Civil del Circuito Oral de Sogamoso ordenó al Ministerio de Ambiente implementar medidas de conservación en el Lago de Tota, pues lo declaró como sujeto de derechos.

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Esta decisión se da como un fallo a favor de la acción de tutela instaurada el pasado 12 de noviembre por Diego Fernando Trujillo Marín, procurador delegado para Asuntos Ambientales y Agrarios, y Alicia López Alfonso, procuradora 32 Judicial I Agraria y Ambiental de Boyacá.

En la acción los demandantes afirman que se están vulnerando los derechos fundamentales del Lago de Tota, como el derecho a la vida, la salud, ambiente sano y al agua de los habitantes de los municipios de Sogamoso, Aquitania, Tota, Cuitiva, Firavitoba, Iza y Nobsa.

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Asimismo, debido a la presencia de plomo, «se considera que existe un riesgo inminente que puede precaverse mediante el cumplimiento de las órdenes impartidas a lo largo de esta providencia, en procura de garantizar no solo los derechos fundamentales a la vida, salud y agua de los habitantes, sino también a favor de los derechos de protección, conservación y mantenimiento del propio lago».

El Ministerio de Ambiente, por intermedio del Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (IDEAM) debe verificar el estado del Lago de Tota en un plazo de seis meses y determinar acciones para protegerlo, por ser patrimonio ambiental del país.

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