Esta norma regirá hasta el 30 de junio

 

El Instituto Distrital de Participación y Acción Comunal (Idpac) determinó que no habrá penalización alguna para las personas que no puedan pagar la administración en propiedades horizontales, en el marco del Decreto 579 del Gobierno Nacional.

Arriendos y administración

En materia de arrendamiento, las autoridades suspendieron todas las acciones de desalojo y el ajuste del canon se tendrá que aplazar. No obstante, el pago tendrá que ser de común acuerdo entre arrendador y arrendatario.

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Otro anuncio clave es que la prórroga de contratos tendrá que ser extendida hasta el próximo 30 de junio, fecha en la que perderán vigencia estas medidas.

En términos de propiedad horizontal (conjuntos residenciales y edificios de apartamentos y oficinas), las autoridades determinaron que los encargados de la administración podrán disponer recursos del fondo de imprevistos para mantener los contratos del personal empleado en aseo, vigilancia y jardinería.

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En todo caso, el administrador debe rendir informe de estos gastos ante la asamblea de propietarios. Las copropiedades de uso comercial o mixto podrán contratar servicios de sanidad para prevenir contagios dentro de sus edificios o conjuntos residenciales.

En cuanto a las asambleas generales de copropietarios, estas tendrán que hacerse de manera virtual. En el caso de que alguno de los copropietarios no pueda asistir a la sesión, no podrá ser multado.

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Otra de las dudas más recurrentes de los conjuntos de casas y apartamentos es cómo manejar los domicilios. Por seguridad e higiene, las tiendas o empresas que envían sus productos a través de domiciliarios desinfectan y sellan las bolsas, exigen a los empleados lavarse frecuentemente las manos, y a los domiciliarios les suministran la dotación necesaria mínimo de tapabocas y guantes.

Al llegar a donde sus clientes, los pueden dejar en la portería para que las personas se dirijan a recogerlos según las normas de los conjuntos.

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Hay que tener consideraciones con las personas con discapacidad o enfermas y los mayores de 70 años cuando vivan solos o en compañía de otras en condiciones de mayor vulnerabilidad, dado que son las que más riesgos y dificultad tienen, especialmente, cuando los apartamentos o las casas quedan muy distantes de la portería.