La Corte tumbó el IVA del 5 % en las toallas higiénicas y tampones en el 2018
La Corte Constitucional declaró la copa menstrual como exenta del IVA luego revisar una demanda en la cual se pedía que los productos de higiene femeninos, resultaran exentos de este impuesto, tal cual como ocurrió en 2018 con las toallas higiénicas y tampones.
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Los magistrados decidieron eliminar el IVA de las copas menstruales por unanimidad, luego de que por ese lapso de dos años se mantuvieran gravadas con el 19 %, sin tener en cuenta que es un producto que genera gastos solo a las mujeres, quienes estadísticamente ganan menos dinero que los hombres.
Esa fue una de las principales razones por la que los demandantes pidieron a la Corte eliminar el IVA de este producto y terminar con la «discriminación por razones de género y el libre desarrollo de la personalidad».
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Sin embargo, no fue solo basados en la demanda sino en la recomendación del Instituto Nacional de Salud (INS) que afirmó que las copas menstruales son una alternativa más saludable y sustentable.
A su vez, la Federación Colombiana de Obstetricia y Ginecología (FCOG) dijo que poner IVA a estos productos genera una barrera más alta para su adquisición.
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«Tienen un grado de funcionalidad equiparable con las toallas y tampones (relación costo-beneficio), existen bajas posibilidades de desarrollar complicaciones en salud (síndrome de choque tóxico), son asequibles al público y durables y amigables con el medio ambiente. El uso debe estar ligado a la educación de las usuarias para el empleo correcto y adherencia a tales productos», puntualizó.