En los últimos minutos se conoció que La Sala Plena de la Corte Constitucional legalizó el suicidio médicamente asistido en Colombia
Luego de un largo debate, La Sala Plena de la Corte Constitucional decidió legalizar el suicidio medicamente asistido, por una votación de 3-6. Esto se produjo por una demanda presentada en contra del inciso segundo del artículo 107 del Código Penal, que penalizaba la inducción el suicidio con una pena entre los 16 y 36 meses de cárcel.
De esta manera se busca que los colombianos puedan tener una muerte digna, sin embargo, las personas que quieran acceder a estos procedimientos deben cumplir una serie de condiciones y requerimientos, entre ellos que el paciente tenga un diagnóstico médico de lesión corporal, enfermedad incurable o de una extrema gravedad.
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¿Cuál es la diferencia con la eutanasia?
En términos generales, mientras que en el SMA el paciente causa su propia muerte, y en la eutanasia el médico es quien se encarga de este procedimiento. La Sala Plena acogió la ponencia del magistrado Antonio José Lizarazo quien analizó una demanda presentada por el Laboratorio de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DescLab).
La organización buscó despenalizar el SMA ya que consideraron que no es posible castigar a un médico o a diferentes prestadores de salud que acompañan un procedimiento. Cabe resaltar que en Colombia una práctica como la mencionada le acarreaba a un médico una pena entre los 16 y 36 meses.
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