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Caso Martha Sepúlveda: Juez ordena a INCODOL hacer la eutanasia

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La Corte Constitucional eliminó el requisito de enfermedad terminal para acceder a la eutanasia

A las 7:00 AM del domingo 10 de octubre, la señora Martha Sepúlveda debió haberse sometido al procedimiento de eutanasia aprobado por el Instituto Colombia del Dolor (IPS INCODOL). Sin embargo, la entidad privada canceló el proceso horas antes argumentando que ya no cumplía con los requisitos.

Cancelaron la eutanasia de Martha Sepúlveda a horas del procedimiento

Claramente los abogados de la paciente manifestaron que la clínica está actuando de manera ilegal e irregular, y la familia de la mujer rechazó y condenó la decisión, calificándola de inaceptable, irrespetuosa y arbitraria.

Según cuenta el abogado de la señora Martha Sepúlveda, Lucas Correa, la familia de esta recibió solo una hoja con una escueta información que indica que la eutanasia había sido cancelada.

La eutanasia de Martha Sepúlveda y los señalamientos de la Iglesia Católica

“Martha Sepúlveda recibió en su casa una carta de INCODOL sin firmas, sin identificación de los médicos ni del abogado que participó del supuesto comité, posteriormente nos enteramos que la razón es que Martha, según ellos, no tiene una enfermedad en estado terminal”, señaló el jurista.

Quien agregó más adelante que esta situación fue rechazada por el equipo de abogados: ”Rechazamos la decisión ilegítima, ilegal y arbitraria de la IPS INCODOL y de la EPS Sura a través de la cual negaron el procedimiento y cancelaron el procedimiento de la eutanasia que estaba programado para el domingo (10 de octubre)».

A su turno el gerente del INCODOL, Freddy Quintero, ratificó la decisión tomada en primera medida, supuestamente, por el comité científico de la clínica. «El comité se reunió y evaluó nuevamente el caso donde tomó la decisión que no cumplía los requisitos para acceder al procedimiento”, sentenció.

Sin embargo, Correa contratacó señalando que esta decisión es simplemente ilegítima y arbitraria, ya que «la Corte Constitucional eliminó el requisito de enfermedad terminal para acceder a la eutanasia, INCODOLINCODOL y la EPS Sura han vulnerado los derechos de Martha, particularmente el derecho a morir dignamente».

Juez ordena la eutanasia

Este 27 de octubre, un juez decidió darle vía libre a la eutanasia de Martha Sepúlveda y le dio 48 horas a la IPS para ponerse de acuerdo con ella en fecha y hora.

«El Juez reconoció que la IPS Incodol vulneró los derechos fundamentales a morir dignamente, a la vida digna, al libre desarrollo de la personalidad y la dignidad humana de Martha Sepúlveda. También reconoció que, como lo dicta el Acta del 6 de agosto de 2021, Martha Sepúlveda sí cumple con los requisitos establecidos por las normas vigentes para acceder a la eutanasialegal en el marco del Sistema de Salud colombiano. A nadie se le puede exigir tener una enfermedad terminal para poder acceder a la eutanasia en Colombia», informó en un comunicado DescLAB, firma asesora de Sepúlveda.

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