El Senador deberá cumplir «la medida de aseguramiento de detención preventiva en establecimiento de reclusión»
Richard Aguilar fuera del Congreso. Tras se acusado de «contratos sin requisitos legales, interés indebido en celebración de contratos, concierto para delinquir y peculado», y a la medida de aseguramiento de detención preventiva que le fue impuesta por la Corte Suprema de Justicia, el senador por Cambio Radica, Richard Aguilar, renunció a su curul en el Congreso de la República, pues como es evidente, no podrá cumplir con sus funciones.
Quiero informarles que tomé la decisión de renunciar al Senado de la Rep.,toda vez que la medida impuesta me impide cumplir a cabalidad con mis funciones
Me concentraré en mi defensa siempre confiando en el correcto actuar de las instituciones
Agradezco a todos por la comprensión pic.twitter.com/VcTrQgRJNO— RICHARD AGUILAR V (@RICHARDAGUILARV) July 28, 2021
A través de su cuenta en la red social Twitter lanzó un escueto comunicado indicando que tomó «la decisión de renunciar al Senado de la República toda vez que la medida impuesta me impide cumplir a cabalidad con mis funciones. Me concentraré en mi defensa siempre confiando en el correcto actuar de las instituciones. Agradezco a todos por la comprensión».
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En el documento explica lo que hace «obedece a la medida de aseguramiento de detención preventiva impuesta por la Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia, que me impide continuar en el normal desarrollo de mis deberes y funciones como congresista».
Y es que la noche de este martes, la Corte Suprema de Justicia informó a través de su cuenta oficial de Twitter que «por presuntos hechos de contratos sin requisitos legales, interés indebido en celebración de contratos, concierto para delinquir y peculado», cuando fungía como Gobernador de Santander, la Sala Especial de Instrucción, dictó medida de aseguramiento contra Richard Aguilar.
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La misma Corte Suprema detalló más adelante que «la medida de aseguramiento de detención preventiva en establecimiento de reclusión», fue dictada por ser el «presunto determinador de un contrato sin cumplimiento de requisitos legales, autor de interés indebido en la celebración de contratos y coautor de concierto para delinquir agravado y peculado por apropiación a favor de terceros».