El incentivo al personal no puede ser inferior a un salario mínimo mensual vigente, ni superar los 4,5 salarios
El Consejo de Estado, determinó que los familiares del personal de salud muertos por Covid-19 tienen derecho a un incentivo económico, sin importar si la emergencia sanitaria finaliza antes del deceso.
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«El personal que eventualmente fallezca por contagio de COVID-19, producto de sus servicios a los pacientes sospechosos o diagnosticados con la enfermedad, deberá tener derecho al reconocimiento económico autorizado para los trabajadores del área de la salud, aunque el deceso se produzca cuando haya finalizado la emergencia sanitaria decretada a raíz del coronavirus», declaró la entidad.
Cabe mencionar que esta iniciativa quedó en firme en la resolución 1774 del 6 de octubre del 2020, en la cual se indica que el incentivo «no puede ser inferior a un salario mínimo mensual vigente, ni superar los 4,5 salarios».
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Las autoridades que se encargarán de vigilar la entrega del incentivo son el Ministerio de Salud, el Instituto Nacional de Salud (INS), las instituciones prestadoras de servicios de salud (IPS), los entes territoriales y la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Adres).