Hasta este jueves, 6 de agosto, tienen plazo los grandes contribuyentes y agentes retenedores del impuesto de Industria y Comercio – ICA para declarar y pagar el valor correspondiente a las retenciones realizadas a terceros durante los meses de marzo y abril de 2020.

La liquidación se realiza a través de la Oficina Virtual de la Secretaría de Hacienda, ingresando a través de la página web www.shd.gov.co. Allí deben entrar a la opción ‘Mis Impuestos’  y luego seleccionar ‘Retención ICA’.

El 6 de agosto vence el plazo para declarar y pagar ReteICA del segundo bimestre

De acuerdo con datos de la Secretaría Distrital de Hacienda, a la fecha se han recibido 43.000 declaraciones de agentes de retención correspondientes al segundo bimestre de 2020, las cuales le han permitido a la ciudad recaudar 88.000 millones de pesos.

Antes de finalizar el plazo del 6 de agosto, se espera recaudar entre 75.000 y 80.000 millones de pesos adicionales, correspondientes a 41.000 declaraciones.

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¿Quiénes deben declarar ReteICA?

  • Grandes Contribuyentes por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN
  • Contribuyentes designados como agentes de retención de ICA
  • Consorcios y uniones temporales que realicen pagos a favor de contribuyentes de ICA
  • Sociedades fiduciarias, y contribuyentes de ICA que pertenezcan al Régimen Común, siempre que realicen pagos a otro contribuyente del Régimen Preferencial o del Régimen Común que ejerzan actividades gravadas en la jurisdicción del Distrito Capital.

En todos los casos, la declaración se realiza de acuerdo con las retenciones efectuadas, es decir, que si en el bimestre no se practicaron retenciones a terceros, no se debe hacer la declaración.

La Secretaría de Hacienda también recordó que el siguiente plazo para declarar el ReteICA es el próximo, 18 de septiembre, correspondiente a las retenciones aplicadas en el tercer bimestre (mayo – junio) de 2020.