Así puede identificar qué casos entran en la categoría de violencia virtual
Los casos de violencia hacia las mujeres, los menores de edad y miembros de la comunidad LGBTQ+ cada día son más frecuentes, incluso gracias al confinamiento debido al covid-19, los casos comenzaron a intensificarse y llegaron a migrar a las redes sociales y plataformas virtuales que nos permiten interactuar con el mundo desde nuestras casas.
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Según cifras arrojadas por la Organización de Naciones Unidas (ONU) y la Fundación Telefónica, aproximadamente el 55% de los jóvenes han sido víctimas de ciberacoso, y aunque ya se han tomado medidas para corregir esta problemática, es importante conocer que se tiene el respaldo legal para llevar este tipo de casos y que si alguien de nuestro entorno está siendo vulnerado/a hay que acudir directamente a la ley. Jimmy Jiménez abogado y fundador del bufete de abogados Integrity Legal, define legalmente lo que se considera violencia virtual.
Además, según un estudio hecho por el Ranking PAR de Equidad de Género de Latam, el 60 por ciento de las mujeres entre 18 y 40 años en Colombia manifestaron ser acosadas a través de redes sociales. Y, además, dicho estudio también arrojó que el 59,6 por ciento de las empresas aún no cuentan con protocolos para el manejo del acoso generado a través de medios digitales.
“La violencia de genero digital deriva de utilizar medios tecnológicos como correo electrónico, aplicaciones de mensajería, redes sociales, videojuegos, aplicaciones de citas y en general, los espacios en los que se puedan publicar contenidos, como foros, blogs, páginas web, etc., para hostigar, violentar, amenazar, insultar, irrespetar la privacidad, suplantar la identidad y difundir información falsa para socavar el buen nombre, entre otras acciones” agrega Jiménez.